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Tal y cómo lo anunciamos a principios de la semana pasada, El Ministerio de Comercio decidió ampliar nuevamente los plazos para la inscripción de las bases de datos ante el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) administrado por la Superintendencia de Industria y Comerico (SIC) de la siguiente manera:
El ministerio de Comercio también aprovecho para explicar que la decision se tomó para lograr alvanzar un mayor grado de cumplimiento de dicha obligación por parte de los responsables (teniendo en cuenta que las inscripciones ante el RNBD representan a la fecha menos del 25% del total de personas que tienen la obligación de realizar la inscripción).
Finalmente, es importante recordar que el RNBD es el directorio público de las bases de datos sujetas a tratamiento que operan en el país, el cual es administrado, cómo dijomos anteriormente por la SIC y será de libre consulta para los ciudadanos.
El Gobierno, mediante el capítulo 26 del decreto único del sector Comercio, reglamentó la información mínima que debe contener el RNBD y los términos y condiciones bajo los cuales se deben inscribir en este las bases de datos sujetas a la aplicación de la Ley de Hábeas Data. Si desea conocer más sobre está obligación, los invitamos a leer los siguientes artículos:
El tratamiento de datos personales sin autorización del titular
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